2 de marzo de 2005, Auckland, Nueva Zelanda

Declaraciones de la Sección Industrial del Grupo Mundial del Comercio del Vino

Promoción de los principios del GMCV

El Acuerdo de aceptación mutua sobre prácticas enológicas ya ha sido ratificado por todos los signatarios. La sección industrial del Grupo Mundial del Comercio del Vino se enorgullece de este logro y considera que representa un paso importante hacia la facilitación del comercio internacional del vino.

Consideramos, además, que el enfoque de facilitar el comercio del Acuerdo de aceptación mutua sobre prácticas enológicas, el borrador del Acuerdo sobre requisitos de etiquetado de vino y del Grupo Mundial del Comercio del Vino en general, debe diseminarse en otros países productores y consumidores del vino. Hemos identificado varias iniciativas clave al respecto:

  • Apoyamos la notificación de la Organización Mundial del Comercio del Acuerdo de aceptación mutua y consideramos que dicha notificación nos ofrece la oportunidad de educar a otros países sobre nuestro enfoque de facilitar el comercio que debe ser adoptado por gobierno e industria.
  • Quisiéramos abarcar una relación continua con los países de Asia, tanto países individuales como dentro del contexto de organizaciones como APEC, con el fin de educar a sus autoridades sobre el funcionamiento del Grupo Mundial del Comercio del Vino y sus Acuerdos. Dentro del contexto de APEC en particular, proponemos, como prioridad inmediata, que gobierno e industria colaboren en el desarrollo de información sobre países miembros relevantes de APEC y la celebración de reuniones y eventos en dichos países.
  • Quisiéramos abarcar el reestablecimiento de una relación entre el Grupo Mundial del Comercio del Vino y Sudáfrica, como uno de sus miembros fundadores, en los sectores tanto gubernamental como industrial.

Trabajo en cuestiones de etiquetado

Reconocemos el progreso importante logrado por el sector gubernamental en el Borrador del Acuerdo sobre requisitos de etiquetado de vino. Le felicitamos por sus esfuerzos hasta la fecha y le instamos a que continúe con el avance de su debate hacia un resultado satisfactorio.

También apoyamos el futuro trabajo de gobierno e industria para desarrollar otro acuerdo de la manera más oportuna posible sobre los requisitos de etiquetado conforme a los principios de Sonoma y otros asuntos relacionados.

Apreciamos, además, la estrecha relación entre la enmienda de la OIV de su Norma Internacional para el Etiquetado de Vinos, PROYECTO DE RESOLUCIÓN ECO/REGL/02/230/Paso 5, titulado HARMONIZACIÓN DE ETIQUETADO y el Acuerdo sobre requisitos de etiquetado de vino. Recomendamos que las delegaciones de aquellos de nuestros gobiernos que también sean miembros de la OIV traten de asegurar que el texto definitivo de la OIV no sea más restrictivo, ni incompatible con el Acuerdo sobre requisitos de etiquetado de vino. Por este motivo, deben apoyar la aprobación de dicha resolución en la Asamblea General de la OIV en el año 2005.

Subsidios y la Ronda de Doha de la OMC

Dadas las negociaciones continuas de la Ronda de Doha relativas a los Acuerdos de la OMC, reiteramos nuestras importantes preocupaciones relacionadas con los efectos sobre el comercio internacional del vino de los subsidios nacionales y de exportación para las industrias de la uva y del vino. Reafirmamos nuestras Declaraciones del 10 al 11 de abril de 2001 y del 18 al 19 de diciembre de 2001 solicitando a los gobiernos a instar a miembros de la OMC a que eliminen los subsidios a la viticultura y a la vinicultura que distorsionan el comercio o que, de otro modo, otorgan una ventaja competitiva al productor, y a que eliminen toda forma de subsidios a la exportación. Exhortamos a los gobiernos a adoptar una posición firme y coordinada sobre estas cuestiones en conferencia con la industria. Con el fin de ayudar a los gobiernos al respecto, exploraremos la posibilidad de llevar a cabo investigación para identificar todos los subsidios directos e indirectos para la producción vinícola dentro de la Unión Europea y el impacto de los mismos sobre el comercio internacional del vino.

La Organización Mundial de la Salud

POR CUANTO, la Sección Industrial del Grupo Mundial del Comercio del Vino ha revisado la resolución EB115.R5 del 20 de enero de 2005 del Consejo Ejecutivo de la Organización Mundial de la Salud ("OMS") proponiendo la adopción de la resolución en la 58ª Asamblea Mundial de la Salud ("AMS"), y

POR CUANTO, la Sección Industrial está muy preocupada con el proceso mediante el cual se desarrolló la resolución, que resultó en una resolución cuyo contenido no es un reflejo equilibrado de los asuntos relacionados con el consumo de bebidas alcohólicas, y

POR CUANTO, la Sección Industrial considera que las cuestiones de la salud y el consumo de bebidas alcohólicas sólo pueden beneficiarse de una revisión justa y objetiva de la OMS, y

POR CUANTO, la Sección Industrial comparte las preocupaciones de la OMS con respecto al abuso del consumo de bebidas alcohólicas y está trabajando de manera diligente para desarrollar programas con el fin de combatir dicho abuso, y

POR CUANTO, la Sección Industrial considera que los programas de la OMS se beneficiarían de los conocimientos de la industria de bebidas alcohólicas en los estados miembros de la OMS,

POR LO TANTO, SE RESUELVE, que la Sección Industrial solicita a los Gobiernos miembros del Grupo Mundial del Comercio Del Vino que:

ENCOMIENDEN a sus representantes en la OMS a que expresen la importancia de un diálogo abierto y colaboración con el sector industrial de estados miembros de la OMS en la discusión y desarrollo de las posiciones de la OMS sobre el consumo de bebidas alcohólicas; e

INFORMEN a la OMS de las instalaciones e investigación industrial a la disposición de la OMS, mediante la consulta y colaboración con la industria, para desarrollar posiciones razonables basadas en evidencia científica relacionada con el consumo de bebidas alcohólicas; y

APOYEN la participación y colaboración de los sectores de la industria de los estados miembros de la OMS en el desarrollo de resoluciones de la OMS para la AMS relativas al consumo de bebidas alcohólicas; y

SE OPONGAN a resoluciones de la AMS o de cualquier organismo subordinado, cuando dichas resoluciones no sean el producto de la colaboración y consulta aquí propuestas.